Mucha gente se encuentra frente a la situación de tener que dar de baja un coche por fallecimiento del titular, y piensa que el trámite es demasiado engorroso, pero debe saber que esta no se diferencia mucho de los trámites que debes realizar y los requisitos que debes tener, para llevar a cabo la gestión de baja definitiva de cualquier vehículo particular.
Pasos para dar de baja un vehículo por fallecimiento
Solamente varían algunos aspectos con respecto a la documentación que se debe presentar, con la finalidad de obtener la baja definitiva en la DGT. Si quieres conocer cuál es la documentación necesaria para la baja de un vehículo por fallecimiento, lee este artículo y obtendrás todos los detalles.
1. Primer paso frente a la baja de un vehículo por persona fallecida
¿Has sufrido la pérdida de un ser querido y este contaba con un vehículo, el cual debes dar de baja por el fallecimiento?
No solo se trata de un momento difícil emocionalmente, sino que también debes afrontar este tipo de trámites, entre otro gran número, pero debes ser fuerte y saber, al menos, cómo llevar a cabo este procedimiento, para liberarte de él lo más rápido posible.
Comunicarle la baja por persona fallecida a la Dirección General de Tráfico (DGT), es el primer paso que debes realizar.
Debes tener en cuenta que la baja definitiva de cualquier tipo de vehículo también conlleva el desguace del mismo, por lo que será esta misma entidad la que lo traslade a un Centro Autorizado de Tratamiento, para después dar la baja definitiva del mismo.
La documentación que se debe presentar para realizar estos trámites varía de la de las bajas de particulares, ya que entre los requisitos se necesita una copia del DNI de la persona fallecida, es decir, del titular del vehículo.
Puede ser que esta documentación se encuentre extraviada o no exista, para lo cual será importante contar con cualquier otro tipo de carné o documentación del difunto, en el cual conste el DNI y el nombre completo, e incluso también es necesaria una copia del DNI de la persona que entrega el vehículo, es decir, de uno de los herederos.
También se debe presentar una copia del Certificado de Defunción del dueño del vehículo fallecido. Es importante llevar el certificado emitido por el Registro Civil, ya que es el único que tiene validez para realizar esta tramitación en la DGT.
Y lo más importante es rellenar el modelo de Declaración Responsable para la solicitud de baja definitiva de un vehículo por fallecimiento de su titular, el cual debe contar con la firma de la persona heredera que se encuentre en el momento en el que el vehículo es recogido con grúa, para realizar su baja definitiva.
Será el Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental el que rellene los datos de este documento oficial, por lo que tú debes dejar en blanco esos datos, que después serán rellanados por ellos.
Otros requisitos con los que debes contar en este trámite, son el permiso de circulación y la Ficha Técnica del Vehículo.
En el caso de que el heredero no se pueda presentar en el momento de la retirada del vehículo, es importante completar el Modelo de autorización, para que otra persona esté presente en este procedimiento, adjuntando una copia del DNI de quien se autorice a realizarlo.
Lo más aburrido de todo esto es recopilar toda la información y los documentos necesarios para llevar a cabo el trámite, pero una vez que se presenta toda esta documentación, el transporte del vehículo para que este sea sometido al desguace se realiza en aproximadamente cinco días hábiles.
Debes tomar en cuenta que al tratarse de una incidencia por fallecimiento, la Dirección General de Tráfico puede llegar a demorar un poco más, pero una vez realizado la acción, en los próximos 10 días hábiles recibirás la baja definitiva mediante correo electrónico.
¿Es necesario dar la baja de un coche también en el Ayuntamiento?
Todos los vehículos pagan un impuesto al que se denomina Impuesto Municipal de Circulación, y aquellas personas que han perdido un ser querido y necesitan tramitar la baja definitiva por fallecimiento, piensan que deben realizar algún trámite en su Ayuntamiento, además de las tramitaciones en la DGT.
Lo cierto es que no hace falta realizar un trámite para dejar de pagar este impuesto, ya que la misma Dirección General de Tráfico se encarga de transmitir esta baja al ayuntamiento, con toda la información necesaria.
Es muy probable que en el primer año en el que se realiza este trámite pagues algún importe que no debes abonar, incluso cuando algunos meses ya no correspondan, porque ya se había producido la baja.
Puedes llegar a solicitar un reembolso de este impuesto que no te corresponde pagar. Los requisitos para realizar este trámite son el Certificado de Destrucción que se emitió en el desguace, junto a la fecha de baja del vehículo, e impuesto de solicitud de devolución que realizan en la misma sección.
Para dar de baja un vehículo, un aspecto importante es contar con toda la documentación necesaria, como Copia del DNI del fallecido, Copia del DNI de los herederos, Copia del certificado de Defunción, Copia del libro de familia, Copia del testamento, si llega a existir, Permiso de Circulación, y Ficha Técnica.